Ayudas a la creación y consolidación de empresas en Vitoria-Gasteiz 2023

Industria Digitala 2023 SPRI

El Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz publica un año más la convocatoria de Ayudas a la Creación y Consolidación de Empresas en el territorio. Como podemos ver en el BOTHA, estas ayudas económicas tienen la forma de subvenciones a fondo perdido.

Plazo
El plazo de presentación de solicitudes comenzará el 15 de mayo y finalizará el 30 de junio de 2023. Sólo se presentará una única solicitud por empresa y se podrá tramitar tanto por vía telemática u online, como por vía presencial. Por otro lado, se resolverán en un plazo de 6 meses  a partir de la fecha de publicación de las bases en el BOTHA número 33, cuya fecha fue el 20 de marzo de este año.
 
Beneficiarios

Las empresas privadas, cualquiera que sea su forma jurídica que contengan menos de 50 empleados y un volumen de negocios anual o balance general inferior a la cantidad de 10 millones de euros, que ejerzan una actividad mercantil y que cumplan con los siguientes requisitos de la convocatoria: 

  • Tener domicilio tanto fiscal como social en Vitoria-Gasteiz.
  • Desarrollar las actividades que se van a subvencionar en un centro que esté en Vitoria-Gasteiz.
  • Estar dada de alta en el IAE cuando se realice la solicitud.
  • Estar considerada como una pequeña empresa o PYME, con menos de cincuenta asalariados en su seno, y un volumen de negocio por debajo de los diez millones de euros.
  • NO ser una nueva empresa que se haya originado a partir de un cambio de nombre o de forma jurídica de empresas previas que tengan más de cinco años de antigüedad.
  • NO estar vinculada o que no haya participación mayoritaria de empresas que no reúnan los requisitos mencionados.
  • Estar al corriente de las obligaciones fiscales con la Seguridad Social y de las tributarias con la institución del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.
  • Que la actividad empresarial NO se incluya entre los siguientes epígrafes del IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas): 
    – 64 al 67 Comercio al por menor y servicios de alimentación.
    – 681 al 684 Servicio de hospedaje en hoteles y moteles, de hospedaje en hoteles y pensiones, de hospedaje en fondas y casas de huéspedes y de hospedaje en aparta hoteles.
    – 691.1 Reparación de artículos eléctricos en el hogar
      691.9 Reparación de otros bienes de consumo No Comprendidos en Otras Partes (N.C.O.P)
    – 755 Agencias de viajes
    – 969.1 Salas de baile y discotecas 
    – 971.3 Zurcido y reparación de ropa.
    – 972 Servicios de peluquería y belleza.
  • A partir de la fecha de la aceptación de la subvención, seguir con la actividad económica durante dos años mínimo.
Gastos subvencionables

¿Qué gastos se cubrirán mediante las ayudas?

La subvención que lleva a cabo el ayuntamiento vitoriano cubrirá los siguientes gastos, que se corresponden a facturas registradas entre el 1 de junio de 2022 y el 30 de junio de 2023, y pagadas antes del 31 de julio de 2023: 

  • De constitución de la empresa, y su puesta en marcha.
  • De comunicación.
  • De diseño y fabricación de prototipos, como gastos de protección de la propiedad industrial y nombres comerciales.
  • Derivados de la implantación de certificados de calidad, de medioambiente, de igualdad, de gestión energética, etc.
  • De elementos del activo fijo nuevo como mobiliario, maquinaria, instalaciones, aplicaciones de informática, etc.
RECUERDA que las solicitudes que se presenten tendrán que contar con una inversión subvencionable de por lo menos 5.000 euros. 
 
Criterios para la concesión de la ayuda

Las solicitudes que se presenten se evaluarán por la Administración, y valorará la otorgación de las ayudas en función de los criterios que se presentan a continuación: 

  • Calidad técnica del proyecto presentado: hasta 30 puntos. 
  • Grado de innovación y potencial empresarial del proyecto: hasta 20 puntos.
  • Equipo promotor y empleo creado: hasta 20 puntos.
  • Inversiones subvencionables realizadas: hasta 20 puntos.
  • Antigüedad de la empresa solicitante: hasta 10 puntos.

Hay que remarcar que un proyecto será subvencionable siempre y cuando se recopile un mínimo de 50 puntos en base a los criterios y puntuaciones indicados.

Cuantía de la subvención

Cuando estén valoradas todas las solicitudes, el porcentaje subvencionable correspondiente se calculará de forma que aquellas empresas que la máxima puntuación lograrán el porcentaje máximo, el 40%. Por otra parte, las que obtengan la mínima puntuación obtendrían el porcentaje mínimo, el 20%. El resto de los proyectos con puntuación entre la máxima y la mínima tendrán aplicadas una proporción lineal al objeto de obtención del porcentaje que les toque. 

La empresa beneficiaria recibirá 8.000 euros como máximo, y sólo se tramitará un expediente por empresa y año. Además, la solicitante puede haber recibido esta ayuda en convocatorias de otros años, siempre y cuando la ayuda total no supere los 15.000 euros. Cabe destacar que el abono de la ayuda se realizará en un solo pago.  

Por otra parte, para que el proyecto pueda ser subvencionable debe alcanzar un importe de subvención mínimo de 1.000 euros 

 

Para conocer más detalles, como la documentación a presentar entre otros datos, aconsejamos revisar el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava (BOTHA), en el cual se encuentran las bases específicas reguladoras de la convocatoria de «Ayudas a la creación y consolidación de empresas en Vitoria-Gasteiz, año 2023». Además, al final del documento se facilitan dos Anexos; el primero con el impreso de solicitud y declaración jurada y el segundo anexo con el cuadro de inversiones presentadas

 
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